martes, 26 de mayo de 2009

Contribuyentes del Convenio Multilateral. Nuevo Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos a partir del 01 de junio de 2009.

A través de la Resolución General (C.A.) Nº 5/2009 publicada en el Boletín Oficial el 20/05/2009 se establece este procedimiento, de carácter optativo a realizarse, en una primera etapa, exclusivamente por la Red Link, hasta tanto se complete la suscripción de los convenios con la totalidad de los Bancos que integran las redes Banelco e Interbanking.

Se aprueba el Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos, en adelante Pago Electrónico, establecido como consecuencia del Convenio de Recaudación Bancaria, firmado entre Ia Comisión Arbitral y las Entidades Bancarias que integran la red OSIRIS, para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral.

Características del régimen:

1. Operatividad
El Pago Electrónico operará a través del sistema y sitio previsto por la AFIP como consecuencia de las Resoluciones Generales Nº 942/2000 y 1778/2004, sus modificatorias o complementarias, con las particularidades establecidas en la presente y en el instructivo “PAGO ELECTRONICO SIFERE” que se pondrá a disposición en la página Web de la Comisión Arbitral.

2. Carácter optativo
El Sistema de Pago Electrónico será de carácter optativo para todos los contribuyentes de Convenio Multilateral, inclusive los incorporados al SICOM.

3. Volante de pago electrónico - VEP
El Pago Electrónico se materializará a través de la emisión de los respectivos formularios y archivos que se generan por el Aplicativo SIFERE y el Volante de Pago Electrónico (VEP).

Este último podrá ser emitido durante las 24 horas y los 365 días del año, y tendrá validez hasta los 25 días corridos posteriores al de su generación.

La cancelación del Volante de Pago Electrónico (VEP) se efectivizará a través de una transferencia electrónica de fondos desde una cuenta bancaria abierta en las Entidades Bancarias autorizadas.

4. Metodología de utilización del nuevo procedimiento
La metodología de utilización del nuevo procedimiento de pago será:

1) Las modalidades para generar VEP serán las siguientes:

a) Cancelación de Formularios “Presentación y Pago” (5801 al 5824 —contribuyentes “Resto”—) y Formularios “Presentación y Pago” y “Sólo Presentación” (5851 —contribuyentes “SICOM”—).

El contribuyente debe realizar Ia presentación de las Declaraciones Juradas a través de Internet en el sitio web de AFIP con la clave fiscal provista por dicho organismo, de los formularios "Presentación y Pago” para los contribuyentes “Resto” y los formularios “Presentación y Pago” y “Sólo Presentación” para los contribuyentes “SICOM”, todos ellos generados por el aplicativo SIFERE.

Una vez aceptada dicha presentación, el sistema le permitirá generar el Volante Electrónico de Pago a través de Ia opción “Generar VEP desde esta DJ”.

b) Cancelación de Formularios “Sólo Pago” (5826 al 5849 —contribuyentes “Resto”— y 5854 —contribuyentes “SICOM”—).

El contribuyente debe generar el archivo en el aplicativo SIFERE y luego emitir el VEP desde Ia opción “Generar VEP desde archivo” disponible en el sitio web de AFIP.

2) Luego de generar el Volante Electrónico de Pago con cualquiera de las 2 modalidades, se deberá seleccionar Ia Red Link, para poder cancelarlo. El VEP tendrá una vigencia de 25 días, luego de lo cual caducará automáticamente.

3) Desde el sitio web del Banco, el contribuyente podrá visualizar los Volantes Electrónicos de Pago generados y pendientes de cancelación.

4) Estos Volantes Electrónicos de Pago (VEP) podrán ser cancelados mediante un débito en la cuenta bancaria que el contribuyente posea en el banco con que opera y se cancelará por el importe total, no pudiendo cancelar importes parciales.

5. Constancia de pago
El sistema emitirá como constancia de pago un ticket on line que contendrá los datos necesarios para identificar la operación realizada.

6. Consulta de pagos realizados e impresión de los VEP generados
Los contribuyentes, que opten por el Sistema de Pago Electrónico, podrán efectuar la consulta de los pagos realizados y la impresión de los Volantes Electrónicos de Pago (VEP) generados a través de la página WEB de la AFIP con la utilización de su clave fiscal ingresando a “Consulta de Estado e Impresión de Constancias”.

7. Pago en término

El pago de las obligaciones será considerado efectuado en término cuando la fecha y el horario consignado en el comprobante respectivo, acredite haberlo realizado antes de la finalización del día de vencimiento general fijado en el cronograma previsto en las normas vigentes.

Ante la eventualidad de que el sistema no esté operativo, el contribuyente está obligado a realizar en término el pago de su obligación tributaria por ventanilla, en la forma y lugar previsto en el artículo 6º de la Resolución General Nº 9/2005 (artículo 72 de la Resolución General Nº 2/2009).

8. Vigencia
Determinar como fecha de entrada en vigencia del Sistema de Pago Electrónico el día 1º de junio de 2009, para las entidades bancarias integrantes de Ia Red Link S.A.



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