La Inspección General de Justicia (IGJ) fijó la fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual empresarial.
El organismo estableció el próximo 18 de septiembre como fecha límite para cumplir con la obligación anual.
Asimismo, la normativa advierte que "vencida la fecha, será de aplicación la multa correspondiente".
La sanción equivale al monto que resulta de aplicar una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento para documentos comerciales, sobre los importes omitidos.
lunes, 24 de agosto de 2009
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