domingo, 11 de enero de 2009

REGIMEN DE INCENTIVOS PARA LAS EMPRESAS FABRICANTES DE BIENES DE CAPITAL

Se ha publicado recientemente el decreto 2316/2008 que extiende la vigencia del citado regimen hasta el dia 31 de diciembre de 2009.

Recordemos que este regimen consiste en la percepción de un bono fiscal de parte de los productores locales por los bienes de capital fabricados que esten afectados a plantas industriales una vez que hayan sido facturados y entregados a sus adquirentes. Este bono sera representativo del 14% sobre el precio de venta (neto del valor de los componenes de origen importado incorporados al bien que hubieren sido nacionalizados con un derecho de importación del 0%).
Este bono podra ser cedido a terceros y podra ser utilizado por quienes lo obtuvieron o los cesionarios para el pago de la totalidad de los montos a abonar en concepto de Impuesto a las ganancias, Impuesto a la ganancia minima presunta e I.V.A.

NOVEDAD:
Como novedad al extenderse la vigencia de este regimen y para que los productores puedan continuar accediendo al mismo se establece, como condicion, que, deberan asumir el compromiso por escrito, con carácter de declaracion jurada y con participación de la asociación sindical correspondiente al convenio colectivo de trabajo vigente, de no producir despidos del personal, ni modificacion de su planta laboral, ni suspensiones sin goce de sueldos.

No obstante no haber sido difundida esta nueva condicion, existe y debera ser cumplida a fin de obtener los beneficios de este regimen. ¿Sera esta una limitacion que reducira la cantidad de empresas que tramitaran este beneficio? Evidentemente SI.

Esta metodologia rige desde el 01 de enero de 2009.


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