domingo, 20 de marzo de 2011

El fisco pone a punto la llegada de la factura electrónica para importadores

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya tiene todo listo para sumar a los importadores al régimen de factura electrónica a partir del mes próximo.

El marco reglamentario, que se dio a conocer a través de la resolución general 2975, establece que los sujetos que "realicen importaciones de bienes, deberán emitir comprobantes electrónicos originales a los fines de respaldar todas las operaciones de venta realizadas en el mercado interno".

Se encuentran exceptuados los sujetos que efectúen "sólo importaciones de bienes de uso o insumos o materiales destinados a su mantenimiento", agrega la norma.
Asimismo, el marco reglamentario vigente precisa que los contribuyentes deberán emitir los siguientes comprobantes:
• Facturas clase "A".
• Notas de crédito y notas de débito clase "A".
• Facturas clase "B".
• Notas de crédito y notas de débito clase "B".

Nueva avanzada
"Tenemos más de 18 mil registros de importadores activos y la implementación de la factura electrónica en este sector nos abre una ventana de trabajo con el mundo muy importante", aseguró el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray al presentar la nueva etapa.

"Buscamos facilitar la vida de los contribuyentes y controlar, a su vez, la transparencia de los actores comerciales que también se comprometen más con la gestión", agregó oportunamente el funcionario.
Conocida la avanzada, el presidente de la Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA), Diego Pérez Santisteban, aseguró que para el sector privado la factura electrónica es un proyecto central.

"Durante muchos años hemos trabajado que se pueda avanzar hacia una Aduana sin papeles y hacia una automatización cada vez mayor del comercio exterior. Indudablemente, esta medida va en ese camino", precisó Santisteban.

Calcular el IVA
Complementariamente, ya se encuentra disponible en la página web del fisco nacional un nuevo software denominado "Factura Electrónica. Régimen de Información de Operaciones - Versión 2.0 Release 1".

El aplicativo perfecciona el detalle sobre el precio y las cantidades vendidas que deben informar los contribuyentes que utilicen los comprobantes electrónicos.

Actualmente, ya rige la obligación de declarar un código numérico, estandarizado y unívoco, para cada bien o servicio facturado a través del régimen de factura electrónica. En efecto, así lo estableció la AFIP a través de la resolución general 2855.

Mario Volman, socio del Estudio Kaplan, Volman y Asociados, aseguró que "con este sistema de seguimiento a control remoto -tanto del emisor de la factura como de quién recibe la misma- el fisco podrá llevar a cabo un control de los inventarios de cada una de las empresas que emitan facturas electrónicas".

"De este modo, contará con información muy valiosa, al momento de fiscalizar a un contribuyente, pues tendrá una importante estimación de las cantidades de inventario de cada producto online y actualizado a cada fecha", adelantó Volman.

"El cliente que recibe una factura electrónica, con los códigos de los productos numéricos y estandarizados, aún cuando no esté por el momento obligado a emitir facturas electrónicas, no podrá ocultar haber perfeccionado dicha compra y, en consecuencia, se achica el mercado informal de comercialización", concluyó el experto.

En igual sentido, el fisco también agilizó el trámite de facturación electrónica para quienes emiten más de 1.800 comprobantes al mes.

Marcelo Domínguez, coordinador de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce), explicó que "la AFIP puso en marcha un procedimiento especial -de carácter opcional- de emisión de comprobantes electrónicos consignando en los mismos el Código de Autorización Electrónico Anticipado (CAEA)".

"El nuevo mecanismo es de aplicación para los sujetos que revisten el carácter de auto-impresores, que están incluidos en el régimen de factura electrónica y que emiten más de 1.800 comprobantes en el mes", especificó el experto.

"Es muy importante la medida adoptada por la AFIP, dado que, a partir de la misma, los contribuyentes con grandes volúmenes de operaciones en almacenes, comercialización, facturación y distribución, pueden reemplazar la actual modalidad CAE por la nueva modalidad CAEA", precisó Domínguez.

"El nuevo régimen facilita la actividad económica de quienes tienen una gran magnitud de operaciones, siendo que el mismo no va en desmedro del creciente control electrónico de las operaciones de ventas de bienes", concluyó el experto.

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